Tarata

sábado, 29 de octubre de 2016

Minjus Propondrá Ley para que Sentenciados por Corrupción no sean Contratados en el Estado


El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos propondrá una norma que establecerá como requisito obligatorio para ser contratado en el sector público no tener sentencias por delitos de corrupción, indicó el viceministro de Justicia, Edgard Carpio.

En declaraciones a la Agencia de Andina, precisó que esta norma será planteada al Consejo de Ministros para su aprobación, al amparo de las facultades delegadas por el Congreso, en el marco de la lucha contra la corrupción.

“Para postular a un trabajo te piden requisitos como estudios, especialidad; uno de los requisitos que vamos a imponer como obligatorio en el ámbito de la administración pública es no tener sentencia condenatoria por delitos contra la administración pública”, refirió.

Se trata, explicó, de elevar los estándares de contratación en el sector público, dado que no se tiene por qué tener en el Estado a personas que han sido condenadas por corrupción.

“Será una norma no de contenido penal sino laboral” que se complementará con otros dispositivos de carácter penal en el marco de lucha contra la corrupción, como la inhabilitación perpetua y la imprescriptibiliad para delitos de corrupción.

El viceministro de Justicia, de otro lado, comentó que la ley de inhabitación perpetua para delitos de corrupción no podrá ser aplicada al exasesore presidencial Carlos Moreno, implicado en un presunto negociado en el Sistema Integral de Salud (SIS), dado que la norma fue aprobada con posterioridad a esos hechos.

“Las normas, en todo sistema jurídico de derecho comparado, se aplica a futuro, lo de Moreno sucedió antes de su publicación. Lo que determina que norma penal es aplicable es el momento en que sucedió los hechos”, aseveró.

Lo que sí podría impedir que vuelva al Estado, si es sancionado por el Poder Judicial, es la norma que prohíbe tener sentencias por delitos de corrupción como requisito para ser contratado en el Estado.

Fuente: Andina



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